SII - Oficio N°2701 (23-11-2020)
Oficio N°2701 (23-11-2020) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 2701 de 2020, establece que la asignación compensatoria por gastos de teletrabajo no constituye renta para el trabajador y es un gasto deducible para el empleador, cumpliendo ciertos requisitos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2701, de 23.11.2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tratamiento tributario de gastos asociados al teletrabajo.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre el tratamiento tributario en la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) de los montos pagados por el empleador al trabajador con motivo del teletrabajo, considerando el artículo 152 quáter L del Código del Trabajo y el Ord. N° 1389/7 de 2020 de la Dirección del Trabajo, que permiten acordar el pago de asignaciones para cubrir gastos como internet y energía eléctrica.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Constituyen renta para los trabajadores los pagos por gastos de teletrabajo? ¿Cuál es su naturaleza tributaria para el empleador?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 31 (incisos primero y cuarto N° 6), 42 N° 1 y 43 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Artículo 152 quáter L del Código del Trabajo. Circular N° 53 de 2020. Oficio N° 25 de 2019. Circular N° 19 de 2020. Dictamen N° 1389/007 de 2020 de la Dirección del Trabajo.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en que el artículo 152 quá...
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