SII - Oficio N°2717 (23-11-2020)
Oficio N°2717 (23-11-2020) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2717 de 2020, clarifica que la deducción como gasto del sueldo empresarial no está condicionada al pago de cotizaciones previsionales, sino a su razonabilidad y al trabajo efectivo del beneficiario en la empresa.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 2717, de 23 de noviembre de 2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Se consulta al SII sobre la deducibilidad como gasto del sueldo empresarial, tras la modificación del artículo 31 N° 6 de la LIR por la Ley N° 21.210, y si para tal efecto se requiere el pago de cotizaciones previsionales.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Para considerar el sueldo empresarial como gasto tributario, es necesario pagar las cotizaciones previsionales correspondientes, o basta con pagar el impuesto del artículo 42 de la LIR que afecta a dichas remuneraciones?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El contribuyente no expone argumentos propios, sino que solicita la interpretación del SII respecto a los requisitos para la deducción del sueldo empresarial como gasto.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII El SII cita la Circular N° 53 de 2020, que imparte instrucciones sobre las modificaciones al artículo 31 de la LIR introducidas por la Ley N° 21.210, específicamente en lo referido al tratamiento tributario de las remuneraciones asignadas a socios, accionistas y empresarios individua...
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