SII - Oficio N°2933 (17-12-2020)
Oficio N°2933 (17-12-2020) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2933 de 17.12.2020, dictamina que un profesional de segunda categoría no puede rebajar como gasto tributario la remuneración que se asigne a título de sueldo empresarial. Sin embargo, puede deducir las imposiciones previsionales si opta por el sistema de gastos efectivos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2933, de 17 de diciembre de 2020, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuesto Directos. Materia: Impuesto a la Renta, específicamente el artículo 31 inciso cuarto N° 6, artículo 42 N° 1 y N° 2, y artículo 50 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta si un profesional que emite boletas de honorarios puede imputar un "sueldo empresarial" como gasto deducible de sus ingresos brutos.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es el sueldo empresarial un gasto aceptado y descontable de los ingresos brutos para un profesional de segunda categoría?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita ningún argumento del consultante en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan los artículos 50, 29 al 33, y 31 N° 6 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), los artículos 89 y 92 del Decreto Ley N° 3.500 de 1980, y el Oficio N° 1226 de 2017.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII fundamenta su respuesta en que el artículo 50 de la LIR establece que los contribuyentes de segunda categoría deben declarar la renta efectiva de sus profesiones u ocupaciones lucra...
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