SII - Oficio N°280 (27-01-2021)
Oficio N°280 (27-01-2021) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 280 de 2021, establece que las facturas emitidas a consumidores finales no contribuyentes de IVA por la venta de vehículos nuevos no están sujetas a la Ley N° 19.983, eximiéndolas del acuerdo de pago extendido.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 280, de 27.01.2021, emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes TTTTT, empresa dedicada a la importación, compra, venta y servicios de vehículos, consulta sobre la aplicación de la Ley N° 21.131 (pago a 30 días) a personas naturales y PYMES en ventas de vehículos, específicamente sobre la necesidad de suscribir Acuerdos de Pago a Plazo Extendido (APPE). Las empresas de seguro de crédito estarían solicitando la firma de APPE con cada cliente final (persona natural o jurídica, independientemente de su tamaño) para incluir las operaciones en sus pólizas. TTTTT argumenta que esto entorpecería el funcionamiento administrativo y desatendería el espíritu de la ley.
• Consultas específicas planteadas al SII Interpretación de la Ley N° 21.131 respecto a su aplicación a clientes finales (personas naturales y PYMES), consultando si la exigencia de APPE desatiende el espíritu de la ley y entorpece el financiamiento de estos clientes.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) La exigencia de APPE para cada cliente final entorpece el funcionamiento administrativo de las automotoras y desatiende el objetivo de la Le...
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