SII - Oficio N°284 (27-01-2021)
Oficio N°284 (27-01-2021) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 284 de 2021, clarifica el tratamiento tributario en IVA e Impuesto Adicional para PYMEs que contratan servicios de publicidad en el extranjero, confirmando la exención del Impuesto Adicional pero manteniendo la afectación a IVA.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 284, de 27.01.2021, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos. Materia: Exención de impuesto adicional por pago de servicios en el extranjero.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una empresa de publicidad (PYME) consulta si le aplica la exención del impuesto adicional del 35% por remuneraciones pagadas en el extranjero, considerando que uno de sus clientes (que publica en TTTT) no pagaría dicho impuesto por facturar menos de 100.000 UF promedio en los últimos tres años.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Aplica la exención de impuesto adicional a la PYME o debe seguir pagando el impuesto del 35% en el Formulario 50 por servicios de publicidad prestados desde el extranjero?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El cliente de la empresa de publicidad (PYME) manifiesta no estar obligado al pago del impuesto adicional del 35% por remuneraciones en el extranjero, debido a que su facturación es inferior a 100.000 UF promedio en los últimos 3 años.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: * Artículo 8°, letra n), N° 4 de la LIVS. * Artículo 14, letra F) de la LIR. * Artículo 59, N° 2 de la LIR. * ...
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