SII - Oficio N°363 (02-02-2021)

Oficio N°363 (02-02-2021) del SII

Abstracto

El SII determina que un nuevo producto de tabaco, denominado “CCCCCC”, con características específicas de peso, composición y envoltorio, debe ser clasificado y gravado como cigarrillo, no como cigarro puro.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Ord. N° 363, de 02.02.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tratamiento tributario aplicable a un nuevo producto de tabaco.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Sociedad TTTTTT S.A. consulta sobre la tributación aplicable a un nuevo producto denominado “CCCCCC”, un cilindro de 0,8 gramos con tabaco picado y prensado, envuelto en papel de tabaco reconstituido y con filtro, comercializado en paquetes de 20 unidades, que ya cuenta con autorización del MINSAL. La empresa expresa dudas debido a la forma y composición del producto, especialmente su envoltorio de tabaco reconstituido y su peso, que difieren de las características de los cigarros.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el tratamiento tributario aplicable al producto “CCCCCC”, considerando su composición, peso y envoltorio?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La empresa argumenta que las características del producto, como su envoltorio de tabaco reconstituido en lugar de papel y su peso, lo diferencian de los cigarros según la definición legal.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: El SII cita el Decreto Ley N° 828 de 1974, que establece normas para el cultivo, elaboración, comercia...

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