SII - Oficio N°535 (22-02-2021)
Oficio N°535 (22-02-2021) del SII
Abstracto
El SII determina el tratamiento tributario de la devolución de cotizaciones previsionales a funcionarios pensionados exentos de cotizar, indicando que las AFP deben retener el impuesto único de segunda categoría y los trabajadores reliquidar anualmente.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 535, de 22.02.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tratamiento tributario de las devoluciones de cotizaciones previsionales efectuadas por las AFP a funcionarios pensionados.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El SII responde a una consulta sobre el tratamiento tributario de la devolución de cotizaciones previsionales a funcionarios pensionados por XXXXX, quienes están exentos de cotizar. Las AFP, siguiendo instrucciones de la Superintendencia de Pensiones, han autorizado la devolución de fondos previsionales a estos trabajadores.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el tratamiento tributario de la devolución de cotizaciones efectuadas por las AFP en favor de funcionarios pensionados por XXXXX, quienes se encuentran exentos de efectuar cotizaciones previsionales?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 69 del Decreto Ley N° 3500, el N° 1 del artículo 42, los artículos 43, 45, 47, 54 N° 3, y 74 N° 1, y 78 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). También se refiere al Libro I, Título III, Letra A Administración de Cuentas Personales, Capítulo X Pagos en Exceso, ...
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