SII - Oficio N°1059 (26-04-2021)
Oficio N°1059 (26-04-2021) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 1059 de 2021, se pronuncia sobre la deducibilidad como gasto necesario para producir la renta de donaciones de bienes tecnológicos a instituciones sin fines de lucro o educacionales, sujetándose al cumplimiento de los requisitos legales del art. 31 de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1059, de 26.04.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Deducción como gasto de donaciones de bienes tecnológicos. Normativa citada: Art. 31, inciso cuarto, N° 3 y N° 7 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR); Circulares N° 53 de 2020 y N° 3 de 1992.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Fundación AAA consulta sobre la deducibilidad como gasto de bienes tecnológicos (computadores, tablets, impresoras, etc.) y útiles escolares, destinados a instituciones registradas en el SII o donados a instituciones que los destinan a programas de instrucción básica o media gratuita, técnica, profesional o universitaria en Chile.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita confirmar si el costo de las especies de carácter tecnológico y otros útiles escolares, constituye un gasto aceptado para producir la renta, conforme con el artículo 31, inciso cuarto, N° 3 o N° 7, de la LIR.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La Fundación AAA argumenta que los bienes tecnológicos son necesarios para apoyar a estudiantes vulnerables y facilitar su acceso a la educación.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 31, inciso cuarto, N° 3 y N° 7 de la LIR; Circular N...
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