SII - Oficio N°1065 (27-04-2021)
Oficio N°1065 (27-04-2021) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento del IVA en el arriendo de departamentos amoblados que incluyen estacionamiento y bodega, señalando que solo el arriendo del departamento amoblado está afecto a IVA, siempre que cuente con el mobiliario suficiente.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1065, de 27 de abril de 2021, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos. Materia: IVA en el arriendo de departamento con estacionamiento y bodega. Artículos 2 N°2 y 8 letra g) de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS). Circulares N° 37 de 2020 y N° 26 de 2021. Artículo 64 del Código Tributario.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad inmobiliaria construyó un edificio de departamentos, estacionamientos y bodegas, adquiriendo bienes muebles para amoblar los departamentos y destinarlos al arriendo. El contrato de arriendo incluye en un solo canon el departamento amoblado, la bodega y el estacionamiento.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si el arriendo del departamento amoblado con bodega y estacionamiento, bajo un canon único, debe gravarse totalmente con IVA, al no individualizarse las prestaciones afectas y no afectas.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante plantea que, al no individualizar las prestaciones (arriendo de departamento amoblado, bodega y estacionamiento) para aplicar el impuesto según su naturaleza, la totalidad del arriendo se afectaría con IVA.
• Doctrina administrativa, no...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.