SII - Oficio N°1094 (28-04-2021)
Oficio N°1094 (28-04-2021) del SII
Abstracto
El SII aclara el Oficio N° 2589 de 2018, respecto a la tributación de rentas del artículo 20 N° 2 de la LIR. Define cuándo una sociedad se considera de inversión y sus obligaciones tributarias, especialmente en relación con el régimen Pro Pyme y la contabilidad completa.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 1094 de 28.04.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Solicitud de aclaración del Oficio N° 2589 de 2018 sobre la aplicación del artículo 14 B) N° 1 de la LIR a contribuyentes que perciben rentas del artículo 20 N° 2 de la LIR. Se presentan casos de contribuyentes que, percibiendo solo rentas del artículo 20 N° 2, solicitan acogerse al régimen del artículo 14 B) N° 1, argumentando que no están obligados a realizar inicio de actividades ni llevar contabilidad completa.
• Consultas específicas planteadas al SII
- Si una sociedad de profesionales que solo percibe rentas del artículo 20 N° 2 de la LIR se clasifica como sociedad de inversión y si está obligada a realizar inicio de actividades y llevar contabilidad completa, pudiendo acogerse al N°1 letra B) del artículo 14 de la LIR.
- Si una sociedad que percibe rentas del artículo 20 N° 2 de la LIR, pero que por su actividad económica de inversión se clasifica en el N° 3 del mismo artículo, está obligada a determinar su renta efectiva según contabilidad completa y realizar inicio de actividades, y si puede acogerse al régimen Pro Pyme.
- Si una sociedad que percibe rentas del artículo 20 N° 2 de la LIR y se clasifica en el N° 3 del...
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