SII - Oficio N°979 (19-04-2021)
Oficio N°979 (19-04-2021) del SII
Abstracto
El Oficio N° 979 del SII, de 19.04.2021, analiza la tributación IVA de servicios de marketing y remarketing prestados desde el extranjero. Determina que están gravados con IVA si están exentos del impuesto adicional del art. 59 de la LIR y son utilizados en Chile.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 979, de 19.04.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII), emitido por la Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos. Se refiere al tratamiento tributario, en relación al IVA, de los servicios de marketing y remarketing prestados desde el extranjero.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La sociedad TTTTT efectúa pagos por servicios de marketing y remarketing realizados por prestadores domiciliados o residentes en el extranjero. Existe la duda de si estos servicios se clasifican como publicidad, lo que los gravaría con IVA según el artículo 8°, letra n), de la LIVS.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si los servicios de marketing y remarketing prestados por personas domiciliadas o residentes en el extranjero se encuentran gravados conforme al artículo 8°, letra n), de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se plantea que la definición de marketing y publicidad son similares, por lo que se consulta si los servicios de marketing y remarketing podrían entrar dentro de la clasificación de publicidad o regiría a su respecto la norma general.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita...
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