SII - Oficio N°984 (20-04-2021)
Oficio N°984 (20-04-2021) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la obligación de pago o exención de IVA en la venta de una propiedad construida en 2016. Determina que la habitualidad en la venta y el uso del crédito fiscal son factores clave para la gravabilidad.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 984, de 20.04.2021, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos. Materia: IVA en la venta de una propiedad construida el año 2016. Artículos involucrados: 2 N°1 y N°3, 8 letra m) de la LIVS, 126 N°2 del Código Tributario.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad inmobiliaria vendió en 2020 una propiedad cuya construcción finalizó en 2016. La sociedad inmobiliaria había encargado a una constructora la edificación del inmueble en un terreno de su propiedad, dentro de un condominio, emitiéndose la factura correspondiente al término del contrato en diciembre de 2016. La sociedad tiene una actividad que no está afecta a IVA.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿La venta de la propiedad en 2020 se encuentra afecta o exenta de IVA? En caso de estar afecta, ¿cómo utilizar el IVA soportado en diciembre de 2016 por la construcción, que no se declaró como crédito fiscal en el Formulario 29?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La consulta se basa en las Leyes N° 20.780 y N° 20.899, que modificaron los números 1°) y 3°) del artículo 2° de la LIVS, gravando con IVA las transferencias de bienes corporales inmuebles (excepto terrenos) realizadas por vende...
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