SII - Oficio N°1516 (14-06-2021)
Oficio N°1516 (14-06-2021) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la tributación en la devolución de capital a un socio que se retira de una sociedad de personas, cuyos derechos sociales fueron adquiridos por herencia. Define qué parte de la devolución se considera capital y qué parte es renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 1516, emitido el 14 de junio de 2021, por la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Directos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Una sociedad de personas, constituida en 1988, tiene un capital aportado por ocho socios. Tras el fallecimiento de dos socios (padre y madre), sus derechos sociales fueron heredados por sus herederos. Algunos socios desean retirarse, recibiendo los aportes originales, revalorizaciones, herencias y la proporción correspondiente a las utilidades acumuladas.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Cómo se debe tratar tributariamente la devolución de capital a los socios que se retiran, considerando los derechos sociales recibidos por herencia y lo dispuesto en el N° 7 del artículo 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR)?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante argumenta que el "monto aportado" debería ser el valor de adjudicación de los derechos sociales a los herederos, y la diferencia entre el aporte original de los causantes y el valor de adjudicación no debería considerarse renta. Los valores de adjudicación son sustancialmente superiores a los aportes originales.
• Doctrina administrativa, normativa ...
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