SII - Oficio N°1823 (21-07-2021)
Oficio N°1823 (21-07-2021) del SII
Abstracto
El SII aborda la tributación de donaciones revocables e irrevocables, con y sin gravámenes, considerando la Ley N° 16.271 y el Código Civil. Define el tratamiento de usufructos, regalos moderados y efectos de la nulidad de donaciones en relación al impuesto a la renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio ORD. N° 1823, DE 20.07.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Se plantean diversas consultas sobre la tributación de las donaciones, considerando aspectos civiles como la configuración del contrato, el parentesco, el plazo de insinuación y la interpretación de normas del Código Civil.
• Consultas específicas planteadas al SII
- ¿Cómo tributan las donaciones revocables sin instrumento alguno?
- ¿Qué son y cómo tributan las donaciones con gravamen pecuniario?
- ¿Qué ocurre si el donatario recibe una donación a cambio de devolver parte del dinero, pagar cuentas básicas y/o alimentación al donante?
- ¿Qué ocurre si las donaciones efectuadas a una persona superan las 13,5 UTA al año?
- ¿En qué casos se puede considerar un regalo como moderado y de qué circunstancias depende?
- ¿Cómo se pueden acreditar una o más donaciones revocables sin instrumento alguno cuando están exentas o son menores a 60 UTM y el donatario no puede realizar el trámite de la insinuación?
- La nulidad absoluta de una o más donaciones ¿obliga al donatario a pagar el impuesto de primera categoría?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) —
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada ...
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