SII - Oficio N°2019 (05-08-2021)
Oficio N°2019 (05-08-2021) del SII
Abstracto
El SII exime de IVA a los ingresos de concesionarios de transporte público urbano de pasajeros, calculados según la fórmula del contrato de concesión, al ser considerados propios de una empresa de movilización urbana.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2019, de 05.08.2021, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos. Materia: IVA en la prestación del servicio urbano de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses, adjudicado en licitación. Artículos 2 N° 2 y 13 N° 3 de la LIVS.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre la aplicación del IVA en la prestación del servicio urbano de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses, adjudicado conforme a bases de licitación. El sistema de transporte público metropolitano requiere múltiples actores y se basa en un modelo de integración física, financiera, tecnológica y tarifaria. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) puede entregar en concesión el uso de vías para la prestación de servicios de transporte público remunerado de pasajeros. El modelo de operación vigente separa el servicio de transporte urbano remunerado de pasajeros, a cargo de los “operadores de buses”, del suministro de activos, a cargo de los prestadores del servicio complementario de suministro de buses o “suministradores”. El adjudicatario de la concesión del uso de las vías (“concesionario”) tiene la obligación de prestar los servicios urbanos de transport...
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