SII - Oficio N°2062 (09-08-2021)

Oficio N°2062 (09-08-2021) del SII

Abstracto

El SII declina pronunciarse sobre la prohibición de distribuir dividendos según la Ley 21.227, al no ser materia tributaria ni estar dentro de sus facultades interpretativas, remitiéndose a la legislación laboral.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2062, de 09.08.2021, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Materia: Prohibición de distribuir dividendos en caso de suspensión temporal de contratos de trabajo según la Ley N° 21.227.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII si la prohibición de repartir dividendos, establecida en el artículo 30 de la Ley N° 21.227, se aplica a las utilidades generadas en el ejercicio 2020 por una empresa cuyos trabajadores estuvieron con contratos suspendidos. Se pregunta si es procedente acordar la distribución de dividendos, incluido el mínimo obligatorio según el artículo 79 de la Ley N° 18.046.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿La prohibición de distribuir dividendos establecida en el artículo 30 de la Ley N° 21.227 se aplica a las utilidades generadas durante el ejercicio comercial 2020, cuando los trabajadores estuvieron con contratos suspendidos? ¿Existe algún impedimento jurídico para acordar la distribución de dividendos con cargo a dichas utilidades, incluyendo el dividendo mínimo obligatorio del artículo 79 de la Ley N° 18.046?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La consulta plantea la duda sobre si la prohibición de distribuir dividendos aplica cuando los tr...

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