SII - Oficio N°2951 (22-10-2021)
Oficio N°2951 (22-10-2021) del SII
Abstracto
El SII aclara que la exención del 100% del impuesto territorial para inmuebles heredados por el Fisco se aplica desde la adquisición por sucesión por causa de muerte, sin exigir inscripción previa en el Conservador de Bienes Raíces.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2951, de 22.10.2021, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Técnica Tributaria del SII, sobre aplicación de la exención de impuesto territorial en inmuebles heredados por el Fisco.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta sobre la exigencia del SII de inscribir inmuebles a nombre del Fisco en el Conservador de Bienes Raíces para acceder a la exención del 100% del impuesto territorial en herencias vacantes. El contribuyente menciona el Oficio Ord. DAV. 16.00 N° 146, de 28.02.2020, que respalda dicha exigencia. Se adjunta dicho oficio a la presentación.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita un pronunciamiento para eliminar la exigencia de inscripción tratándose de inmuebles heredados por el Fisco que tengan deudas por impuesto territorial.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que el Fisco es dueño de los inmuebles desde la delación de la herencia, citando normas legales que fundamentan esta afirmación.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Párrafo I, Letra A), N° 1), del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial. Se menciona la Resolución Ex. N° N° A16.2021.00009038, de fe...
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