SII - Oficio N°3012 (26-10-2021)
Oficio N°3012 (26-10-2021) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 3012 de 2021, se pronuncia sobre el cómputo del plazo de un año entre adquisición y enajenación de un inmueble para acceder al beneficio tributario de ingreso no renta hasta 8.000 UF, reafirmando la fecha de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces como determinante.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 3012, de 26 de octubre de 2021, emitido por la Subdirección Normativa del Servicio de Impuestos Internos (SII), Departamento de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Un contribuyente celebró un “contrato de compraventa y arrendamiento de vivienda con promesa de compraventa” en marzo de 2000, formalizando la compraventa definitiva en noviembre de 2020. Busca enajenar el inmueble en octubre de 2021 y consulta sobre el cómputo del plazo de un año para acceder al beneficio tributario de ingreso no renta hasta 8.000 UF.
• Consultas específicas planteadas al SII
- ¿Qué fecha se considera para computar el plazo de un año entre adquisición y enajenación, considerando la demora en la escrituración definitiva?
- ¿Puede acceder al beneficio de las 8.000 UF si vende en octubre de 2021?
- ¿Existe alguna forma de demostrar la ausencia de ánimo de comprar para vender y evitar ser categorizado como vendedor habitual?
- ¿Puede considerarse ingreso no renta sin límites, dado que la promesa de compraventa es anterior al 31 de diciembre de 2003?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante argumenta que la demora en la escrituración fue producto de la pandemia y busca que se considere la fecha d...
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