SII - Oficio N°3025 (27-10-2021)
Oficio N°3025 (27-10-2021) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 3025 de 2021, confirma la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas para pagarés suscritos en el contexto de créditos para estudiantes de educación superior garantizados por el Estado, conforme a la Ley N° 20.027.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3025, de 27.10.2021, Subdirección Normativa, Dpto. de Técnica Tributaria. Materia: Aplicación de la exención establecida en el N° 9 del artículo 24 de la Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas (LTE) a pagarés suscritos en el marco de la Ley N° 20.027. Hace referencia al Oficio N° 5241, de 1981.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un banco, en representación de un cliente y en virtud de un poder otorgado en un contrato de apertura de línea de crédito para estudiantes de educación superior con garantía estatal (Ley N° 20.027), suscribió en 2020 dos pagarés. Estos pagarés fueron posteriormente cedidos a la Tesorería General de la República. El consultante adjuntó copia del contrato de apertura de la línea de crédito y de los pagarés.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Les aplica a los pagarés la exención establecida en el N° 9 del artículo 24 de la LTE? ¿Cómo deben los notarios públicos autorizar una letra o pagaré afecto a la Ley N° 20.027, y cómo deben ser fiscalizados en relación con el impuesto de timbres y estampillas?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante estima que los pagarés no están afectos al Impuesto de Timbres y Estampillas.
• Doctrina administrativa, normativa ...
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