SII - Oficio N°3265 (16-11-2021)
Oficio N°3265 (16-11-2021) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 3265 de 2021, aclara que la declaración de un predio como santuario de la naturaleza no exime del impuesto territorial. Se indica el procedimiento para solicitar la revisión del avalúo fiscal si se considera pertinente.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3265, de 16.11.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Dpto. de Técnica Tributaria. Se refiere a la Ley sobre Impuesto Territorial - Ley N° 17.235 - Párrafo I, Letra B), N° 12). Trata sobre la determinación del avalúo fiscal de un predio declarado santuario de la naturaleza y al que se modificó el uso de suelo.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente es dueño de un predio con restaurante, planta procesadora y casa habitación, declarado santuario de la naturaleza. El plan regulador intercomunal modificó el uso de suelo, prohibiendo actividades económicas y obligando a la recuperación y protección de ecosistemas. La planta y el restaurante cesaron sus operaciones. El predio ha sido continuamente retasado al alza, a diferencia de predios aledaños que están exentos total o parcialmente.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta sobre la determinación de la base afecta a Impuesto Territorial en el caso del predio en cuestión, considerando su declaración como santuario de la naturaleza y el cambio en el uso de suelo.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La Unidad de Avaluaciones habría indicado que, existiendo construcciones, deben ser tasadas para ...
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