SII - Oficio N°3581 (20-12-2021)
Oficio N°3581 (20-12-2021) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 3581 de 2021, establece que las prórrogas o renovaciones de créditos FOGAPE exentos según la Ley N° 21.307, realizadas desde el 1 de enero de 2022, se mantienen exentas del Impuesto de Timbres y Estampillas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3581, de 20.12.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII), emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria. Se refiere al tratamiento tributario de las prórrogas y renovaciones de créditos otorgados con garantía FOGAPE conforme a la Ley N° 21.307 en relación al Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre si las prórrogas y renovaciones de créditos otorgados con garantía FOGAPE, a partir del 1° de enero de 2022, que fueron otorgados entre la vigencia de la Ley N° 21.307 y el 31 de diciembre de 2021, y que gozan de la exención establecida en el artículo 3 de dicha ley, se encontrarán igualmente exentas del Impuesto de Timbres y Estampillas.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmar si las prórrogas y renovaciones de créditos FOGAPE realizadas a partir del 1 de enero de 2022, que originalmente gozaban de exención de ITE según la Ley N° 21.307, mantienen dicha exención.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita los argumentos del consultante en el oficio, más allá de la solicitud de confirmación del tratamiento tributario.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: ...
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