SII - Oficio N°3593 (21-12-2021)
Oficio N°3593 (21-12-2021) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la devolución del impuesto a las donaciones, conforme al artículo 126 N° 2 del Código Tributario, en el contexto de la resolución judicial de un contrato de donación con causa onerosa, retrotrayéndose los efectos al momento original.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3593, de 21.12.2021, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Técnica Tributaria. Materia: Resolución de un contrato de donación y devolución del impuesto pagado conforme al artículo 126 N° 2 del Código Tributario. Se citan los artículos 126 N° 2 del Código Tributario y 1404, 1426 y 1487 del Código Civil.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante efectuó una donación de dinero con causa onerosa a su sobrino en julio de 2019, pagando el impuesto correspondiente. La donación estaba sujeta a la condición resolutoria de que el sobrino finalizara sus estudios profesionales antes del primer semestre de 2021. Debido al incumplimiento de esta condición, una sentencia judicial declaró resuelto el contrato, y el dinero donado (que no generó frutos) fue restituido.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si, dado el efecto retroactivo de la resolución judicial del contrato de donación, se puede solicitar la devolución del impuesto pagado conforme al artículo 126 N° 2 del Código Tributario.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que, debido al efecto retroactivo de la resolución judicial, el pago del impuesto se torna indebido, permitiendo la solicitud de devolución. ...
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