SII - Oficio N°44 (05-01-2022)
Oficio N°44 (05-01-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 44 de 2022, establece que la venta de bienes situados en el extranjero o en Chile sin nacionalizar no está gravada con IVA, pero requiere la emisión de la factura de venta de mercaderías situadas en el extranjero según la Resolución Ex. N° 5007 de 2000.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 44, de 05.01.2022, de la Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Consulta sobre la documentación que debe emitirse en la compra de bienes en el extranjero y su posterior venta a una empresa chilena, sin que la mercancía ingrese a territorio nacional, siendo enviada directamente a otro país de Sudamérica.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Qué documentos deben emitirse en la venta al extranjero de bienes no nacionalizados en la situación descrita?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se exponen argumentos del consultante.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículos 2 N° 1 y 3, y 4 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
- Resolución Ex. N° 5007 de 2000.
- Circular N° 69 del año 2000.
- Oficios N° 2837 de 2001, N° 1036 de 2010, N° 3259 de 2009, N° 1438 de 2011 y N° 3344 del 2021.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII La venta de bienes corporales muebles situados en el extranjero o en Chile sin nacionalizar no está gravada con IVA por no cumplir con el requisito de territorialidad establecido en los artículos 2° y 4° de la LIVS. La Resolución Ex. N° 5007 de 2000 regula las op...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.