SII - Oficio N°68 (06-01-2022)
Oficio N°68 (06-01-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 68 de 2022, se pronuncia sobre el tratamiento tributario de planes de compensación laboral, señalando que para aplicar el régimen del Art. 17 N°8 letra l) LIR, el plan debe otorgar una opción de adquirir acciones, y no solo la entrega condicionada de estas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 68, de 06.01.2022, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Materia: Tratamiento tributario de planes de compensación laboral según la letra l) del N° 8 del artículo 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre el sentido y alcance de la palabra “opción” en el contexto de planes de compensación laboral que buscan acogerse al tratamiento tributario del artículo 17 N° 8 letra l) de la LIR. El consultante describe diversos tipos de planes de compensación accionaria y pregunta si el tratamiento tributario depende del nombre del plan o de si fue pactado en un contrato individual o colectivo.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmar si el tratamiento tributario de los planes de compensación laboral se diferencia según si fueron pactados en un contrato individual o convenio colectivo, independientemente del nombre del plan.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que el objetivo de la norma es beneficiar a los trabajadores que pacten planes de compensación laboral que les permitan adquirir acciones, bonos u otros títulos, sin limitarse a un nombre de pl...
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