SII - Oficio N°598 (28-02-2022)
Oficio N°598 (28-02-2022) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de impuesto adicional del artículo 59 N°2 de la LIR, para comisiones estructuradas o de apertura pagadas a bancos extranjeros, condicionada a su naturaleza mercantil según el Código de Comercio y acreditación en fiscalización.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 598, de 28.02.2022, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Depto. de Impuesto Directos. Materia: Exención de impuesto adicional por pago de comisión estructurada o de apertura a banco extranjero (Art. 59 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Empresa domiciliada en Chile solicitó crédito a banco extranjero (no residente en país con convenio para evitar doble tributación) para financiar generación de energía eléctrica mediante paneles fotovoltaicos. El crédito devengó intereses y una comisión estructurada o de apertura por servicios prestados fuera de Chile, exigible en la primera utilización del crédito o 60 días después de la firma del acuerdo.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si la comisión estructurada o de apertura por la administración del crédito por parte de la entidad extranjera está exenta del impuesto adicional según el N° 2 del inciso cuarto del artículo 59 de la LIR.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante estima que las operaciones de crédito deben tributar conforme a los números 1 y 2 del artículo 59 de la LIR, solicitando confirmación sobre la exención del impuesto adicional para la com...
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