SII - Oficio N°984 (22-03-2022)
Oficio N°984 (22-03-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 984 de 2022, establece que la tasa de crédito por Impuestos Soportados en el Exterior (IPE) acumulado al 31.12.2016 para contribuyentes del régimen Pro Pyme, se determina según la diferencia entre la tasa de IDPC y 35%, considerando la tasa vigente en el ejercicio.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 984, de 22 de marzo de 2022, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tasa de crédito a utilizar para asignar el crédito por impuestos soportados en el exterior acumulado al 31.12.2016.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre la tasa de crédito a utilizar para asignar el crédito por impuestos soportados en el exterior (IPE) acumulado al 31 de diciembre de 2016, en el caso de empresas acogidas al régimen del N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). La duda surge a partir del párrafo cuarto del N° 9 del artículo undécimo transitorio de la Ley N° 21.210 y la disminución del IDPC establecida por la Ley N° 21.256. Se menciona la Circular N° 11 del año 2021 y su referencia a la Circular N° 48 del año 2016 (dejada sin efecto por la Circular N° 31 del año 2021).
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Qué tasa de crédito se debe utilizar para asignar el crédito por IPE acumulado hasta el 31 de diciembre de 2016, en el caso de empresas acogidas al régimen del N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, considerando la Ley N° 21.210 y la Ley N° 21.256?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante opina que la tasa para asignar e...
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