SII - Oficio N°1325 (19-04-2022)
Oficio N°1325 (19-04-2022) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la emisión de documentos tributarios en la importación de mercancías tras un cambio en la razón social, dirección y RUT de la empresa importadora. Define si procede o no la emisión de factura exenta o no afecta de IVA, dependiendo de la naturaleza del cambio jurídico.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1325, de 19.04.2022, de la Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos del SII. Materia: Procedencia de emitir documento tributario en importación efectuada en las circunstancias que indica.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al Servicio Nacional de Aduanas sobre la procedencia de emitir una factura de ventas y servicios no afectos o exentos de IVA, conforme a las Resoluciones Ex. N° 6.080 de 1999 y N° 5.007 de 2000, por una empresa a la que se le ha "transferido" el dominio de mercancías extranjeras que se importarán al país, sin que haya existido una transacción comercial. La consulta se origina porque una empresa chilena que importa mercancía cambia de razón social, dirección y RUT, existiendo un traspaso de "propiedad" de las mercancías extranjeras a la nueva empresa, correspondientes a cargas aún no importadas. Aduanas indica que dicho traspaso no puede realizarse por simple endoso, requiriendo una factura de ventas y servicios no afectos o exentos de IVA para la declaración de importación.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es posible realizar el traspaso de propiedad de las mercancías extranjeras mediante endoso del conocimiento de transporte, evitando la confección de una factura de v...
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