SII - Oficio N°1997 (29-06-2022)
Oficio N°1997 (29-06-2022) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre cotizaciones previsionales de un contribuyente de CAPREDENA que emite boletas de honorarios. Reitera que no le compete pronunciarse sobre normas previsionales, pero informa sobre la Circular 3660 de la SUSESO y el proceso para rectificar la declaración jurada 1902.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1997, de 29.06.2022, de la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante, afiliado a CAPREDENA desde 1992, presta servicios a honorarios y se le exige cotizar previsionalmente según el DFL 3500/1980, lo que considera improcedente dado su afiliación a CAPREDENA.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es pertinente pagar cotizaciones previsionales en un régimen distinto al cual el contribuyente está adherido (CAPREDENA)?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que, estando afiliado a CAPREDENA, no debería estar obligado a cotizar en otro régimen previsional según el DFL 3500/1980.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (DFL N° 7 de 1980) y el artículo 6° del Código Tributario, así como la Circular N° 3660 de 2022 de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y la Circular N° 3425 de 2019 de la SUSESO.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII indica que no le compete pronunciarse sobre la aplicación de normas previsionales. Sin embargo, a modo informativo, señala que la Cir...
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