SII - Oficio N°2140 (14-07-2022)

Oficio N°2140 (14-07-2022) del SII

Abstracto

El SII se pronuncia sobre la tributación de un banco por la enajenación de un inmueble adjudicado en un juicio de cobranza. El banco debe tributar por el mayor valor obtenido en la venta, sin que exista donación.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2140, del 14 de julio de 2022. Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Materia: Tributación de rentas de un banco provenientes de la enajenación de un bien raíz adjudicado en un juicio de cobranza.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un banco consulta sobre la tributación de la utilidad generada por la enajenación de un inmueble que se adjudicaría en un juicio ejecutivo contra su deudor, a un precio inferior a su valor comercial. La deuda total es de $135.369.304 y el avalúo fiscal del inmueble es de $75.729.174. El banco tasó la propiedad en UF 30.000.
• Consultas específicas planteadas al SII: 1) ¿Cómo tributa el banco por la utilidad generada en la venta del inmueble? 2) ¿La fuente de la utilidad es el giro ordinario del banco según el artículo 69 de la Ley General de Bancos? 3) ¿Existe enriquecimiento sin causa por parte del banco? 4) ¿Hay donación o debe el banco restituir la utilidad al deudor?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El banco busca claridad sobre las implicaciones tributarias de adjudicarse un inmueble a un valor inferior al comercial y luego venderlo, obteniendo una utilidad.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Oficio N...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora