SII - Oficio N°2180 (19-07-2022)
Oficio N°2180 (19-07-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 2180 de 2022, se pronuncia sobre los requisitos para aplicar la tasa reducida de Impuesto Adicional (IA) del 4% a compañías de seguros extranjeras que otorgan créditos, señalando que deben acogerse a la letra A del artículo 9° transitorio de la Ley 20.712, pero exceptuándose de ciertos requisitos por la mecánica de retención del IA.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2180, de 19.07.2022, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Materia: Requisitos para aplicar tasa reducida de impuesto adicional a compañías de seguros. Art. 59 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre si las compañías de seguros extranjeras deben acogerse a lo establecido en la letra A del artículo 9° transitorio de la Ley N° 20.712 para acceder a la tasa reducida del 4% de Impuesto Adicional (IA) contemplada en la letra b) del N° 1 del inciso cuarto del artículo 59 de la LIR y, en especial, al requisito establecido en el N° 4 de dicha normativa, que exige contar con un representante o agente en Chile que se haga responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias del inversionista institucional extranjero.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Están las compañías de seguro extranjeras sujetas al requisito de encontrarse acogidas a lo establecido en la letra A) del artículo 9° transitorio de la Ley N° 20.712 para efectos de hacer uso de la tasa reducida de IA contemplada en la letra b) del N° 1 del inciso cuarto del artículo 59 de la LIR? ¿Deben cumplir con el requisito del N° 4 del artículo...
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