SII - Oficio N°2346 (02-08-2022)
Oficio N°2346 (02-08-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2346 de 2022, se pronuncia sobre la tributación de un contribuyente que realiza actividades de transporte (renta presunta) y movimiento de tierras (renta efectiva), aclarando los límites y requisitos para acogerse al régimen de presunción de renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2346, de 02.08.2022, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Materia: Tributación de contribuyente que realiza actividades de transporte y movimiento de tierras. Artículo 34 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente declara renta presunta por transporte de carga y planea adquirir una excavadora para movimiento de tierras. Consulta sobre la tributación de ambas actividades.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo debe declarar sus rentas el contribuyente, considerando renta presunta para transporte y renta efectiva para movimiento de tierras, y el efecto de superar las 5.000 UF en la suma de ambos ingresos?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante asume que los ingresos por transporte tributarán bajo renta presunta, los de movimiento de tierras bajo renta efectiva, y que si la suma excede 5.000 UF, todos los ingresos tributarán en renta efectiva.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículo 34 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en el artículo 34 de la LIR, q...
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