SII - Oficio N°2730 (07-09-2022)
Oficio N°2730 (07-09-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2730 de 07.09.2022, se pronuncia sobre el impuesto a las donaciones. Determina que si se establece un plazo para revocar una donación, esta se considera irrevocable y, por lo tanto, gravada con el impuesto a las donaciones.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 2730 de 07.09.2022, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones – Ley N° 16.271. Artículos del Código Civil 1136 y 1386.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Se consulta al SII sobre si una donación a título gratuito, con cargo a la cuarta de mejoras y en carácter de revocable, está afecta al impuesto de la Ley N° 16.271.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Está afecta al impuesto a las donaciones una donación revocable realizada con cargo a la cuarta de mejoras?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante considera que, al tratarse de una donación revocable, no estaría afecta al impuesto a las donaciones según lo señalado en los oficios N° 1519, N° 1823 y N° 1900, todos del año 2021, y N° 34 de 2022, que las asimilan a legados anticipados.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Ley N° 16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, artículo 1.
- Artículos 1136, 1141 y 1142 del Código Civil.
- Artículo 1386 del Código Civil.
- Oficios N° 1519, N° 1823 y N° 1900, todos del año 2021, y N° 34 de 2022.
- DFL N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda (Ley Orgánica del Servic...
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