SII - Oficio N°2770 (12-09-2022)
Oficio N°2770 (12-09-2022) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el plazo para asumir la pérdida por robo de un vehículo utilizado en la actividad comercial, la forma de dar de baja contable y tributaria el bien, y el uso del crédito fiscal por la compra de un nuevo vehículo.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2770, de 12.09.2022, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Plazo para asumir pérdida por robo de vehículo y forma de dar de baja contable y tributariamente el bien. Disposiciones legales invocadas: Art. 23 N°1 y Art. 52 de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS); Art. 17 N°1 y Art. 31 N°3 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR); Circular N°5 de 2018.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El contribuyente adquirió una camioneta para su actividad el 10.09.2019, utilizando el crédito fiscal. El 01.07.2022, sufrió el robo del vehículo, el cual estaba asegurado. La aseguradora indicó esperar un mes para iniciar los trámites para dar por perdido el vehículo.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- ¿Qué plazo se debe considerar para asumir la pérdida y que sea aceptada por el Servicio?
- ¿Cómo debe dar de baja contable y tributariamente la pérdida del vehículo robado, esto es, si se debe emitir una factura u otro documento?
- ¿Si puede utilizar el IVA en caso de comprar una nueva camioneta?
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 31 N°3 de la LIR; Art. 52 de la LIVS; Art. 17 N°1 de la LIR; Circular N° 5 de 2018;...
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