SII - Oficio N°3022 (12-10-2022)
Oficio N°3022 (12-10-2022) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 3022 de 2022, establece que los aportes que reciben las Corporaciones de Asistencia Judicial desde las Municipalidades no constituyen remuneración por servicios, sino financiamiento. Por ende, no deben emitir facturas exentas por estos convenios.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3022, de 12.10.2022, de la Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos del SII. Materia: Obligación de emitir facturas electrónicas exentas por convenios suscritos entre la Corporación de Asistencia Judicial y las Municipalidades.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Corporación de Asistencia Judicial de xxxxx, un servicio público sin fines de lucro que presta asistencia jurídica gratuita a personas de escasos recursos, consulta sobre la obligación de emitir facturas electrónicas exentas por los pagos recibidos de Municipalidades en el marco de convenios.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Existe la obligación de emitir facturas electrónicas exentas por los pagos que la Corporación de Asistencia Judicial recibe de las Municipalidades en virtud de convenios?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículo 2° de la Ley N° 17.995. Resolución Ex. N° 6080 de 1999.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII considera que la Corporación de Asistencia Judicial no presta un servicio en los términos del artículo 2 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS)...
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