SII - Oficio N°3242 (08-11-2022)
Oficio N°3242 (08-11-2022) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de beneficios establecidos en convenios colectivos, diferenciando aquellos que constituyen renta afecta al impuesto único de segunda categoría de aquellos considerados como ingreso no renta, detallando requisitos y normas aplicables.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 3242, emitido el 08 de noviembre de 2022, por la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Directos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Una empresa portuaria consulta sobre el tratamiento tributario de diversos beneficios establecidos en convenios colectivos regulares y complementarios con sus trabajadores, así como quién debe asumir el costo de los impuestos a la renta sobre dichos beneficios.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Cuál es el tratamiento tributario de los beneficios detallados en los convenios colectivos regulares y complementarios? ¿Quién debe asumir el costo de los impuestos a la renta sobre dichos beneficios?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se exponen explícitamente los argumentos del consultante, sino que se limita a solicitar el pronunciamiento del SII sobre el tratamiento tributario de los beneficios.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII Artículos 2 N° 1, 17 N° 13, 17 N° 18, 31 N° 6, 42 N° 1 y 43 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR); artículos 163 y 172 del Código del Trabajo; artículo 17 del Código del Trabajo. Circulares N° 75 de 1976, N° 66 de 1977, N° 29 de 1991, N° 4...
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