SII - Oficio N°3506 (02-12-2022)
Oficio N°3506 (02-12-2022) del SII
Abstracto
El SII aclara que, tras la Ley 21.420, los servicios de consultoría, asesoría y calibraciones estarán gravados con IVA desde el 1 de enero de 2023, eliminando la restricción vinculada a los artículos 20 N°3 y 4 de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3506, de 02-12-2022, de la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Indirectos del SII. Materia: Aplicación del inciso segundo del artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420 a los servicios de consultoría, asesoría y calibraciones. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante, XXXX, solicita un pronunciamiento sobre la aplicación del IVA a los servicios de consultoría, asesoría y calibraciones que realiza. • Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo afecta la Ley N° 21.420 a la aplicación del IVA en los servicios de consultoría, asesoría y calibraciones? • Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita en el oficio. • Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 2°, N° 2 de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) y la Ley N° 21.420. Menciona el artículo 20, N° 3 y 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) y el artículo 12, letra E, N° 8 de la LIVS. • Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La Ley N° 21.420 eliminó la restricción que limitaba la aplicación del IVA a los servicios provenientes de actividades comprendidas en los números 3 y 4 del artículo 20 de la LIR. Por lo tanto, cualquier servicio remunerado ...
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