SII - Oficio N°3636 (21-12-2022)
Oficio N°3636 (21-12-2022) del SII
Abstracto
El SII establece que el mayor valor obtenido en la venta de bienes raíces asignados a una empresa individual se gravará según las normas del régimen tributario de la empresa, sin aplicar las reglas del artículo 17 N°8 LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3636, de 21.12.2022, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Materia: Tratamiento tributario del mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces asignados a una empresa individual. Se cita la Circular N° 43 de 2021 y los artículos 17 N°8 letra b) y 20 N° 5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una persona natural adquirió un terreno rural, lo dividió en diez lotes en un plazo menor a un año desde la adquisición, y planea iniciar actividades como empresario individual asignando dichos lotes a su empresa para su posterior venta.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- ¿Cómo influye el plazo transcurrido entre la compra, división, asignación y venta de los lotes (menor a un año o menor a cuatro años) en la aplicación del artículo 17 N°8 letra b) LIR, o si se aplica directamente la tributación como empresario individual según la Circular N° 43 de 2021, independientemente de los plazos?
- ¿Si la empresa individual vende los lotes a partes relacionadas (hermanos, padres), se aplican las normas del inciso segundo del artículo 17 N°8 LIR (impuestos finales en carácter de devengado) o se tributa según el régimen ...
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