SII - Oficio N°180 (19-01-2023)
Oficio N°180 (19-01-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 180 de 2023, se pronuncia sobre la tributación en IVA de la rifa de un bien raíz por una persona natural no habitual, remitiéndose a su doctrina anterior sobre rifas y recordando la normativa sobre habitualidad en la venta de inmuebles.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 180, de 19.01.2023, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Directos. Se refiere a la tributación en la rifa de propiedades.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una persona natural, no habitual en la venta de inmuebles, consulta sobre el tratamiento tributario aplicable a la rifa de un bien raíz.
• Consultas específicas planteadas al SII: Aclaración sobre el tratamiento tributario aplicable a la rifa de un bien raíz por una persona natural no habitual en la venta de inmuebles.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan los Oficios N° 2394 de 2022, N° 1436 de 2022 y N° 1870 de 2022, todos del SII y publicados en su sitio web. Se cita el artículo 2 N° 3 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) y el artículo 4 del Reglamento de la LIVS.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La venta de bienes corporales muebles e inmuebles está gravada con IVA si la realiza un vendedor habitual, según el artículo 2 N° 3 de la LIVS. La habitualidad es calificada por el SII considerando la naturaleza, cantidad y frecuencia de las ventas, según el artículo 4 del R...
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