SII - Oficio N°183 (19-01-2023)
Oficio N°183 (19-01-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 183 de 2023, indica que no corresponde calificar a priori si una fundación puede recibir donaciones con beneficios tributarios, ya que debe constatarse en los hechos el cumplimiento de los requisitos legales.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 183, de 19.01.2023, de la Subdirección Normativa, Depto. de Técnica Tributaria del SII, sobre donaciones – Ley N° 16.271, Art. 18, N°5 – D.L. N° 3.063, de 1979, Art. 46 B, letra C), N° 6.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una fundación cuyo objeto es impulsar soluciones tecnológicas para niños, adolescentes y emprendedores consulta si puede recibir donaciones acogidas a ciertos beneficios tributarios.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si la fundación puede recibir donaciones acogidas a los beneficios tributarios establecidos en el N° 5 del artículo 18 de la Ley N° 16.271, la Ley N°19.885, el artículo 46 del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, y el artículo 46 A) del Decreto Ley N° 3.063 de 1979.
• Argumentos del consultante: —
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan los Oficios N° 539 de 2020, N° 3032 de 2019 y N° 416 de 2017 (exención del N° 5 del artículo 18 de la Ley N° 16.271); Circulares N° 55 y 59 de 2003, N° 71 de 2010, N° 49 de 2012 y N° 20 de 2020 (donaciones Ley N° 19.885); Circular N° 24 de 1993 (artículo 46 del Decreto Ley N° 3.063 de 1979); y Circular N° 49 de 2022 (Título VIII bis del Decreto Ley N° 3.063 de 1979).
• Fundamentos clave del pronunciami...
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