SII - Oficio N°213 (19-01-2023)

Oficio N°213 (19-01-2023) del SII

Abstracto

El SII, en Ord. N° 213 de 2023, aclara que el régimen simplificado de IVA no exime de la obligación de declarar renta según el Art. 65 de la LIR, salvo para ciertos pequeños comerciantes que pagan impuesto único.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Ord. N° 213, de 19.01.2023, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos. Materia: Obligación de declarar renta para contribuyente acogido a tributación simplificada de IVA.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante es una persona natural acogida al sistema de tributación simplificada del IVA desde 2014 y solicita confirmación sobre si está exento de declarar renta, entendiendo que solo debe declarar el IVA trimestralmente.

• Consultas específicas planteadas al SII: Aclaración sobre los deberes y obligaciones del consultante en relación con la declaración de renta, dado su acogimiento al régimen de tributación simplificada del IVA.

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante entiende que, al estar acogido al régimen de tributación simplificada del IVA, no está obligado a declarar renta anualmente.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 29 y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS). Artículo 65 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Artículo 24 de la LIR. Decreto Ministerio de Hacienda N° 64 de 1975. Circular N° 55 de 1975. Res. Ex N° 77314033590 de 20.06.2014. Ci...

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