SII - Oficio N°228 (23-01-2023)
Oficio N°228 (23-01-2023) del SII
Abstracto
El SII determinó que una sociedad de profesionales no puede estar constituida por personas naturales que hayan asignado sus derechos sociales a una empresa individual, ya que desnaturaliza la renta de segunda categoría.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. N° 228, de 23.01.2023, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuesto Directos. Referencia a: Renta – Ley sobre Impuesto a la – Art. 2 N° 10 y Art. 42 N° 2 – Ley N° 21.420, Art. 6 N° 1 y N° 2 – Circulares N° 50 de 2022 y N° 21 de 1991.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre si la asignación de los derechos sociales de una sociedad a la contabilidad del empresario individual altera su calificación como sociedad de profesionales, en el marco de los planes de fiscalización por la entrada en vigencia de los N° 1 y 2 del artículo 6 de la Ley N° 21.420.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿La asignación de los derechos sociales de una sociedad a la contabilidad del empresario individual altera su calificación de sociedad de profesionales?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen argumentos del consultante, solo se presenta la situación de hecho.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 42 N° 2 de la LIR, el artículo 2 N° 10 de la LIR, la Ley N° 21.420, el artículo 6 N° 1 y N° 2 de la Ley N° 21.420, las Circulares N° 50 de 2022 y N° 21 de 1991, y el Oficio N° 2751 de 2009.
• Fundamentos clave...
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