SII - Oficio N°279 (25-01-2023)
Oficio N°279 (25-01-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 279 de 2023, interpreta el alcance de la exención transitoria del IVA para servicios adjudicados o contratados por el Estado antes del 1° de enero de 2023, conforme a la Ley N° 21.420, ratificando lo establecido en la Circular N° 50 de 2022.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 279, de 25 de enero de 2023, emitido por la Subdirección Normativa del Servicio de Impuestos Internos, Departamento de Impuestos Indirectos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Consulta sobre si el concepto de compra pública, según el inciso segundo del artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420, abarca cualquier contratación de servicios efectuada por el Estado, independientemente de la ley que regule la contratación (Ley N° 19.886, Ley N° 19.928, Ley N° 18.575, etc.).
• Consultas específicas planteadas al SII Aclarar si la exención transitoria del IVA para servicios comprendidos en licitaciones del Estado y compras públicas, adjudicadas o contratadas antes del 1° de enero de 2023, se aplica a todo tipo de contratación estatal, sin importar la ley que la regule.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), artículo 2°, N° 2. Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), artículo 20, N° 3 y 4. Ley N° 21.420, artículo 6, N° 1 y artículo 8° transitorio. Ley N° 19.886. Circular N° 50 de 2022. Oficios N° 1775 de 2022 y N° 2800 de 2022. Ley N° 19.928. Ley N° 18.575.
• Fundamentos ...
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