SII - Oficio N°281 (25-01-2023)
Oficio N°281 (25-01-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 281 de 2023, clarifica que la Ley 21.420 no exime del IVA a servicios licitados por empresas privadas antes de 2023, a diferencia de las licitaciones estatales. Se confirma la aplicación general del IVA desde el 1° de enero de 2023 en estos casos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 281, de 25.01.2023, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita confirmar si puede seguir emitiendo facturas exentas por servicios comprendidos en una licitación pública de una empresa privada, adjudicada con anterioridad al 1° de enero de 2023, tras la entrada en vigencia de la Ley N° 21.420.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Puede un contribuyente seguir emitiendo facturas exentas por servicios comprendidos en una licitación pública de una empresa privada, adjudicada antes del 1° de enero de 2023, considerando la Ley N° 21.420?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante, más allá de su solicitud de confirmación.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420, que regula la vigencia de las modificaciones introducidas por dicha ley al hecho gravado básico servicio contenido en el N° 2 del artículo 2° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420 solo cubre los servicios...
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