SII - Oficio N°30 (05-01-2023)
Oficio N°30 (05-01-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 30 de 2023, ratifica que los propietarios de empresas pro pyme no pueden utilizar el crédito por impuestos soportados en el exterior (IPE), manteniendo el criterio preexistente a la Resolución Ex. N° 70 de 2022.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 30, del 05.01.2023, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Oficina de Gestión Normativa. Se refiere al crédito por impuestos soportados en el exterior en caso de empresas acogidas al régimen pro pyme del N° 8 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre el derecho a crédito por impuestos soportados en el exterior (IPE) para propietarios de empresas acogidas al régimen pro pyme, considerando que la Resolución Ex. N° 70 de 2022 eliminó las columnas del crédito por IPE de la declaración jurada N° 1947, pero las mantuvo en el certificado N° 69.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Si existe un cambio de criterio para el AT 2023 respecto al uso del crédito IPE por parte de los propietarios de empresas pro pyme.
- En caso de que no puedan utilizar el crédito IPE: a) Si se modificará la instrucción del código 746 del formulario 22. b) Si la empresa pro pyme que recibió directamente una renta gravada del exterior ya no deberá sumar el crédito total disponible (CTD) en el código 1605 del formulario 22. c) Si dicha empresa recibió un retiro o dividendo afecto a impuestos finales desde una empresa domiciliad...
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