SII - Oficio N°958 (27-03-2023)

Oficio N°958 (27-03-2023) del SII

Abstracto

El SII, mediante Oficio N° 958 de 2023, reafirma que el "cargo por servicio público" no está afecto a IVA, incluso tras la modificación del concepto de "servicio" por la Ley N° 21.420, ya que no remunera una prestación de servicios.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 958, de 27 de marzo de 2023, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del SII. Se refiere al IVA en el "cargo por servicio público".

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una empresa generadora de energía eléctrica, afecta a IVA, consulta sobre la afectación con IVA del denominado "cargo por servicio público" tras la entrada en vigencia de la nueva definición de "servicio" del artículo 2°, N° 2 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), introducida por la Ley N° 21.420.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Se afecta con IVA el "cargo por servicio público" sujeto a regulación de precios, considerando la nueva definición de "servicio" introducida por la Ley N° 21.420?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan los Oficios N° 729 y N° 730, ambos de 2018, y N° 30 de 2022.

• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en su criterio previo establecido en los oficios citados, señalando que el cargo por servicio público no remunera la prestación de un servicio, ya que las sumas entregadas al Coordinador Eléctrico Nacional son para solventar los gastos ...

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