SII - Oficio N°1413 (10-05-2023)
Oficio N°1413 (10-05-2023) del SII
Abstracto
El SII determina que un contrato de servicios de producción de recorridos virtuales y sonoros adjudicado por el SERPAT antes del 1 de enero de 2023, se rige por el régimen transitorio del IVA, manteniendo su exención hasta el término del contrato.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1413, de 10.05.2023, de la Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos del SII. Materia: Aplicación del inciso segundo del artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante pregunta sobre la aplicación del inciso segundo del artículo 8° transitorio de la Ley N° 21.420 a un contrato de servicios de producción de recorridos virtuales y sonoros suscrito el 11 de noviembre de 2022 con el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural (SERPAT), adjudicado mediante licitación pública. Específicamente, consulta si puede seguir facturando estos servicios exentos de IVA.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Puede el consultante seguir facturando los servicios de producción de recorridos virtuales y sonoros, contratados con el SERPAT antes del 1° de enero de 2023, exentos de IVA, conforme al inciso segundo del artículo 8° transitorio de la Ley N° 21.420?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita en el texto.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 2 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), el artículo 1 de la Ley N° 18.575, los artículos 22 y siguientes de la Ley N°...
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