SII - Oficio N°1476 (17-05-2023)
Oficio N°1476 (17-05-2023) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la configuración de un establecimiento permanente según el Convenio Chile-Italia y la LIR, abordando actividades de supervisión de construcción y su tributación. Determina que las actividades configuran un EP según el Convenio y la LIR, gravándose según el artículo 7 del Convenio y los artículos 38 y 58 N° 1 de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1476 de 17.05.2023, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Depto. Normas Internacionales. Se refiere a la configuración de un establecimiento permanente (EP) según el Convenio entre Chile e Italia para evitar la doble imposición y la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Artículos relevantes: 5, 7 y 27 del Convenio; 2 N° 12, 38 y 58 N° 1 de la LIR; Circulares N° 14 de 2014 y N° 40 de 2021.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un grupo internacional de energía renovable, con filial en Chile, consulta sobre la configuración de un EP por servicios de soporte operacional (supervisión de construcción) prestados por su matriz italiana a la filial chilena. La matriz se constituyó formalmente como EP en Chile en 2021. Existe discrepancia sobre si se configura EP según el Convenio y la LIR.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Si las actividades de supervisión de construcción configuran un EP según el Convenio.
- Si los servicios de supervisión de construcción configuran un EP según la legislación interna.
- Si se mantiene vigente el criterio del Oficio N° 1824 de 2016 sobre la opción de tributar según el artículo 38 de la LIR si no hay EP según la legislación interna.
- Si el EP que opta...
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