SII - Oficio N°1543 (24-05-2023)
Oficio N°1543 (24-05-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 1543 de 2023, determina que si una persona residente en España, según el Convenio Chile-España, trabaja remotamente para una empresa chilena, Chile no puede gravar su renta, procediendo la devolución del impuesto retenido.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1543, de 24.05.2023, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Depto. Normas Internacionales. Materia: Convenio entre la República de Chile y el Reino de España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo – Art. 4 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Art. 42 N° 1 – Código Tributario – Art. 126. Directora (S): Carolina Saravia.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una persona reside en España desde hace más de tres años, manteniendo un contrato de trabajo con una empresa en Chile, prestando servicios de forma remota desde España. El empleador chileno ha retenido y enterado el impuesto único de segunda categoría sobre las rentas pagadas.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si, al no tener Chile potestad tributaria para gravar dichas rentas según el Convenio Chile-España, procede la devolución del impuesto único de segunda categoría retenido y pagado por el empleador chileno.
• Argumentos del consultante: No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Convenio entre Chile y España para evitar la doble imposición, el artículo 42 N° 1...
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