SII - Oficio N°1556 (24-05-2023)
Oficio N°1556 (24-05-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1556 de 2023, clarifica el tratamiento de la provisión y pago del IDPC como gasto rechazado al calcular la deducción por renta reinvertida según el Art. 14 letra E) de la LIR. El pago del IDPC disminuye la renta reinvertida, no así su provisión.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1556, de 24.05.2023, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Directos. Materia: Deducción de gastos rechazados provisionados para determinar la renta líquida que se mantiene reinvertida.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante contabilizó la provisión del impuesto a la renta en el año comercial 2020 y su pago en el año comercial 2021. Al calcular el incentivo al ahorro según el Art. 14 letra E) de la LIR, no consideró el pago del IDPC, argumentando que solo deben rebajarse los gastos rechazados que forman parte de la RLI.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Corresponde o no deducir el pago del IDPC al calcular la deducción por renta reinvertida según el Art. 14 letra E) de la LIR?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que solo deben rebajarse los gastos rechazados que forman parte de la RLI al calcular la deducción por renta reinvertida.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 14 letra E), el artículo 21, el artículo 31 N° 2 y el artículo 33 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). También se hace referencia a la Circular N° 73 de 2020.
• Fundament...
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