SII - Oficio N°1674 (08-06-2023)
Oficio N°1674 (08-06-2023) del SII
Abstracto
El SII aclara el Oficio N° 1077 de 2023, indicando que la exigencia de reconocimiento, revalidación o convalidación de títulos extranjeros aplica solo cuando la ley chilena lo requiera explícitamente para ejercer la profesión. En otros casos, basta la apostilla.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1674, de 08.06.2023, de la Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos, que precisa el alcance del Oficio N° 1077 de 2023, respecto de los títulos obtenidos en instituciones de educación extranjeras. La presentación original es la Ord. N° 1674, de 08.06.2023. Materia: Impuesto a las Ventas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art. 12 Letra E N° 8 – Ley sobre Impuesto a la Renta, Art. 42 N° 1 – Ley N° 20.711.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se solicita aclarar el Oficio N° 1077 de 2023 en relación con la necesidad de reconocimiento, revalidación o convalidación de títulos extranjeros en Chile para calificar como sociedad de profesionales.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿El requisito de reconocimiento, revalidación o convalidación de títulos extranjeros es exigible solo cuando las normas que rigen la actividad profesional en Chile lo exigen expresamente?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se entiende que el trámite de reconocimiento, revalidación o convalidación solo se requiere cuando las normas que rigen la actividad profesional respectiva en Chile han exigido el cumplimiento de esta formalidad para ejercer la profesión.
• Doctrina administrativa, normativa y juris...
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